martes, 29 de enero de 2013

Rentas de Capital, Impuesto de renta Guatemala


RENTAS DE CAPITAL: Impuesto de Renta Guatemala. con carácter general, son rentas de fuente guatemalteca las derivadas del capital y de las ganancias de capital, percibidas o devengadas en dinero o en especie, por residentes o no en Guatemala.
  • NO aplica cuando se decide re-invertir las utilidades.
  • Se consolidan en la misma ley, las disposiciones del Impuesto sobre Productos Financieros, y los intereses seguirán gravados al 10%
  • El resto de las ganancias de capital gravadas al 10% (elimina la tarifa del 31%).


  1. Inmobiliario
Concepto: Arrendamiento, subarrendamiento, cesión de derechos, facultades, uso o goce de bienes.

TIPO: 10%

Total importe recibido (–) Gastos 30% = Renta Imponible
  1. Mobiliario
Intereses, arrendamientos, rentas vitalicias

TIPO: 10% - DIVIDENDOS: 5%
Total importe recibido (-) Rentas de Capital exentas Renta Imponible
  1. Pérdidas y Ganancias
Resultantes de Transferencias de bienes y derechos, revaluación de bienes o cualquier incremento de patrimonio

TIPO: 10%

Nota: para las ganancias de capital la obligación tributaria nace en el momento que se produzca la variación en el patrimonio del contribuyente. Las pérdidas de capital solamente se pueden compensar con ganancias futuras de la misma naturaleza, hasta por un plazo máximo de 2 años, desde que se produjo la pérdida.
Precio de enajenación (-) Costos de bienes (libros contables) Renta Imponible
  1. Premios
Loterías, rifas, sorteos, bingos, etc.Tipo 10%.