martes, 29 de enero de 2013

AGENTES DE RENTENCION EN LAS CATEGORIAS DEL ISR:

   
AGENTES DE RENTENCION EN LAS CATEGORIAS DEL ISR: IMPUESTO RENTA GUATEMALA

  • Al principio de cada año o al inicio de la relación laboral, el patrono o pagador, hará una proyección de la renta neta anual del trabajador, a la cual le deducirá: el monto de Q. 48 mil por concepto de gastos personales y les monto de las cuotas anuales estimadas por concepto de pagos al IGGS, Instituto de Previsión Militar y al Estado por concepto de cuotas a regímenes de previsión social. AL VALOR OBTENIDO, le aplicará el tipo impositivo correspondientes
  • GESTIÓN del Impuesto: todo patrono que pague o acredite a personas residentes en Guatemala remuneraciones de cualquier naturaleza por servicios provenientes del trabajo personal ejecutado en relación de dependencia debe retener el ISR (cada mes se retendrá la doceava parte del monto proyectado).
  • Obligación de retener: igual obligación deben cumplir los empleados o funcionarios públicos, que tengan a su cargo el pago de sueldos y otras remuneraciones por servicios prestados a los Organismos del Estado.
  • Los agentes de retención deberán de proporcionar CONSTANCIA a los trabajadores dentro de los 10 días inmediatos siguientes de efectuado el pago de la renta, indicando la renta acreditada o pagada y el monto retenido.